Cluster Industrial – Normativa de Seguridad de Vehículos Ligeros, motivando la NOM-194-SE-2021

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Cluster Industrial - Normativa de Seguridad de Vehículos Ligeros, motivando la NOM-194-SE-2021

Normativa de Seguridad de Vehículos Ligeros, motivando la NOM-194-SE-2021

Artículos especiales 01/09/2023 17:17

Cluster Industrial y NYCE se unieron en un webinar para explorar la Norma Oficial Mexicana NOM-194-SE-2021. Expertos destacaron su impacto en vehículos ligeros y detallaron el proceso de evaluación de conformidad, enfatizando la seguridad vial.

León, Guanajuato, 1 de septiembre de 2023.- En un esfuerzo conjunto por promover la seguridad vial y la conformidad con las regulaciones automotrices, Cluster Industrial organizó promocionó el webinar “Cumplimiento con la NOM-194-SE-2021: dispositivos de seguridad para vehículos ligeros”, cuya información fue ofrecida por la empresa NYCE. El evento virtual contó con la participación de la Ing. Leticia Olvera Castillas, Gerente de Operaciones de Certificación de Productos y Alimentos, especializada en normalización y certificación en NYCE, y al Ing. Óscar Manuel Zamarripa, Supervisor de Operaciones de Certificación e Inspección, también de la misma empresa.

La Ing. Leticia Olvera Castillas comenzó la sesión explicando que la NOM-194-SE-2021 fue publicada el 3 de octubre de 2022, con el objetivo de establecer los dispositivos de seguridad obligatorios que deben incorporar los vehículos ligeros nuevos, cuyo peso bruto vehicular de diseño se encuentra en el rango de 400 kg a 3,857 kg y que tienen la intención de ser comercializados en el territorio mexicano.

Ella destacó que esta norma es de cumplimiento obligatorio para todas las marcas que comercializan vehículos en este rango de peso, asegurando así un estándar uniforme de seguridad en el país. Sin embargo, aclaró que existen excepciones, como los vehículos destinados exclusivamente a circular en áreas específicas, como pistas de carreras o aeropuertos, así como vehículos diseñados exclusivamente para actividades agrícolas o fines recreativos. Las motocicletas y la maquinaria especializada utilizada en la construcción y la minería también se excluyen de esta normativa.

La Ing. Leticia explicó que la norma clasifica los vehículos en dos categorías principales: 'Tipo de Vehículo Nuevo' (introducción posterior a la entrada en vigor de la norma) y 'Tipo de Vehículo Nuevo Existente' (introducción previa a la entrada en vigor de la norma). Además, permite la agrupación de vehículos de pasajeros y camiones ligeros en familias cuando cumplen con criterios específicos, como pertenecer al mismo corporativo, tener la misma clasificación o documentación de homologación y compartir la misma identificación de submarca definida por la empresa o plataforma.



El Ing. Óscar Manuel Zamarripa complementó la presentación al profundizar en el proceso de evaluación de la conformidad que se lleva a cabo para garantizar que los vehículos cumplan con la NOM-194-SE-2021. Este proceso es realizado por Unidades de Inspección (UI) que han sido previamente acreditadas y aprobadas de acuerdo con la Ley de Infraestructura de la Calidad y su Reglamento.

El proceso de obtención del dictamen de cumplimiento es riguroso y se compone de varias etapas esenciales:

Determinación de Requisitos de Inspección: En esta fase, se establecen los requisitos específicos que los vehículos ligeros nuevos deben cumplir para cumplir con las disposiciones de la norma. Estos requisitos se basan en estándares nacionales e internacionales de seguridad.

Evaluación de la Información Presentada: Las corporaciones que desean comercializar vehículos deben proporcionar documentación detallada que demuestre el cumplimiento de los requisitos de seguridad. Las UI evalúan minuciosamente esta información para asegurarse de que se cumplan los estándares exigidos.

Decisión sobre la Inspección: Después de revisar exhaustivamente la documentación presentada, las UI toman una decisión sobre si los vehículos cumplen con la NOM-194-SE-2021 o si se requiere una inspección física adicional.

Emisión del Dictamen de Cumplimiento: Si los vehículos cumplen con todos los requisitos de seguridad, se emite un dictamen de cumplimiento. Este documento certifica que los vehículos están en conformidad con la normativa y son seguros para circular en las carreteras mexicanas.

El Ing. Óscar también enfatizó la importancia del seguimiento en este proceso de evaluación de la conformidad. La normativa exige que se realicen inspecciones periódicas y actualizaciones de cumplimiento para garantizar que los vehículos mantengan los estándares de seguridad a lo largo del tiempo.

En cuanto a la vigencia de los dictámenes de cumplimiento, el Ing. Óscar explicó que esta depende del cumplimiento y mantenimiento de las condiciones bajo las cuales fueron otorgados. La duración varía según diferentes factores, como la frecuencia de reporte por año modelo, inspecciones cada 2 años modelo y la entrega de un certificado de Sistema de Gestión de la Calidad válido.

Además, se destacó que los transitorios especifican fechas clave para la implementación de dispositivos de seguridad específicos. Por ejemplo, algunos dispositivos entrarán en vigor a partir del 1 de enero de 2024, mientras que otros lo harán en 2025 o 2026, con exclusiones para vehículos de modelos anteriores.

Esta colaboración entre Cluster Industrial y NYCE en el webinar proporcionó una plataforma para que las partes interesadas en la industria automotriz mexicana comprendieran mejor los requisitos de seguridad y el proceso de evaluación de la conformidad establecido por la NOM-194-SE-2021. 


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