Cluster Industrial – ¿Qué sigue a la aprobación de la Reforma al plazo vacacional?: Amedirh

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Cluster Industrial - ¿Qué sigue a la aprobación de la Reforma al plazo vacacional?: Amedirh

¿Qué sigue a la aprobación de la Reforma al plazo vacacional?: Amedirh

Escrito por Cluster Industrial

Nacional 15/11/2022 13:55

La reforma aprobada por el Senado entrará en vigor a partir de enero del 2023. Aplicará a quienes cuenten con un contrato activo al iniciar la vigencia de los cambios efectuados en la Ley Federal del Trabajo.
Después de cinco décadas, México modifica el número de días correspondientes al periodo vacacional. Tras haber sido enviado por la Cámara de Diputados, el dictamen para duplicar el número de días que integran el periodo mínimo de vacaciones resultó aprobado por unanimidad en el Senado.


“El Senado de la República avaló la reforma a los artículos 76 y 78 de la Ley Federal del Trabajo para pasar de seis a doce el número de días a los que tienen derecho los trabajadores luego de su primer año de contratación”, señala Mauricio Reynoso, Director General de la Asociación Mexicana en Dirección de Recursos Humanos (Amedirh).

Tras haber sido enviado por la Cámara de Diputados, el dictamen para duplicar el número de días que integran el periodo mínimo de vacaciones resultó aprobado por unanimidad en el Senado.

“En Amedirh hemos dedicado tiempo y recursos al análisis de las implicaciones legales, financieras, operativas y culturales de la reforma al periodo mínimo de vacaciones. Confiamos en que la reforma generará una dinámica positiva en materia de bienestar para las personas y deberá repercutir favorablemente en los resultados de negocio”, plantea Reynoso.

La reforma aprobada por el Senado entrará en vigor a partir de enero del 2023. Aplicará a quienes cuenten con un contrato activo al iniciar la vigencia de los cambios efectuados en la Ley Federal del Trabajo.

Asimismo, las modificaciones “serán aplicables a los contratos individuales o colectivos de trabajo vigentes a la fecha de su entrada en vigor, cualquiera que sea su forma o denominación, siempre que resulten más favorables a los derechos de las personas trabajadoras”.

“A medida que se dio a conocer el proyecto de reforma, las empresas de mayor volumen de personas trabajadoras iniciaron los preparativos para adaptarse al cambio”, puntualiza el Director General de Amedirh. “El reto mayor es para las empresas medianas y pequeñas porque deberán revisar a fondo las repercusiones en su economía”.

De acuerdo con el artículo 76 de la LFT, ya modificado, “las personas trabajadoras que tengan más de un año de servicios disfrutarán de un periodo anual de vacaciones pagadas, que en ningún caso podrá ser inferior a doce días laborables, y que aumentará en dos días laborables, hasta llegar a veinte, por cada año subsecuente de servicios” y, “a partir del sexto año, el periodo de vacaciones aumentará en dos días por cada cinco de servicios”.


Oportunidad para fortalecer cultura organizacional

Si bien la medida generó controversia en diversos círculos de negocios, la resolución de Senado abre la puerta a oportunidades para reforzar el clima y la cultura organizacional, así como el sentido de pertenencia, el compromiso y la mejora continua del desempeño de los colaboradores.

“Debemos adaptarnos rápidamente al nuevo esquema y, sobre todo, capitalizarlo a favor del negocio”, afirma Mauricio Reynoso. “Ciertamente, se esperan repercusiones en las finanzas y RH tiene el desafío de apoyar a generar comunicación y percepción positivas entre la fuerza de trabajo. Además, no debemos olvidar las implicaciones en materia de relaciones laborales y sindicales”.

La economía mexicana es una de las que presentaba mayor rezago en la prestación del periodo vacacional pagado para la fuerza de trabajo. Aun cuando se presenta este avance, el país se encuentra por detrás de lo establecido en el Convenio 132 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), donde se establece que el mínimo luego del primer año de servicio deberá ser de 18 días.

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