Cluster Industrial – Reforma laboral y legitimación de contractos colectivos

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Cluster Industrial - Reforma laboral y legitimación de contractos colectivos

Reforma laboral y legitimación de contractos colectivos

Escrito por Cluster Industrial

Capital humano 30/04/2021 12:07

En un webinar celebrado por la Red Nacional de Clusters de la Industria Automotriz y Basham, se habló sobre la nueva Reforma Laboral y la forma de legitimar los contractos colectivos. Conoce más del tema en nuestro artículo.
Durante un webinar celebrado por la Red Nacional de Clusters de la Industria Automotriz y la firma de abogados Basham, se habló sobre la Reforma Laboral y la legitimación de los contractos colectivos. En dicho encuentro, Manuel Lozano comentó que es importante concientizar a las empresas, pues el tiempo para aplicar la reforma está corriendo y todavía hay empresas que no entran en la implementación, lo que generará problemas a futuro con respecto al Tratado México, Estados Unidos, Canadá (T-MEC).

El webinar estuvo a cargo del Lic. Álvaro González-Schiaffino quien dio un poco de contexto y explicó que la Reforma Laboral nace el 1 de mayo de 2019 y que sus antecedentes son del 2016, cuando México se vuelve parte del acuerdo TPP11, mismo que consideraba que México tenía una ventaja competitiva frente a los otros socios comerciales. Entonces, México entró en un ámbito internacional que lo obligó a rehacer su reforma laboral, mismo que trajo algunos impedimentos en su momento para concretar el T-MEC.

La actual Reforma Laboral implementa 3 ejes rectores: Transformar el sistema de impartición de justicia laboral; crear nuevas autoridades del trabajo tanto para los juzgados laborales, federales y locales; y estipular nuevos mecanismos y reglas para asegurar la democracia sindical, el ejercicio de los derechos de asociación y la efectiva negociación y representación colectiva. Por lo que los contratos colectivos que se elaboraron del 2019 en adelante ya implementan estos ejes.

Por otra parte, se especifica en el contenido de la reforma a la ley federal del trabajo que nadie puede ser obligado a unirse o separarse de ninguna organización sindical; el procedimiento para la elección de los miembros de la directiva del sindicato se garantizará a través del ejercicio del voto personal, libre y secreto de cada miembro; la ley exige la manifestación expresa del consentimiento y apoyo de los trabajadores respecto al sindicato que los representará y sobre los términos y condiciones del contrato colectivo de trabajo que les será aplicable; y para las empresas, aunque haya distintos sindicatos, solo un tendrá contrato con la ley federal.

Ante estos hechos, Álvaro González-Schiaffino recomendó revisar los CCTs vigentes, la operatividad y representatividad de los sindicatos; analizar el entorno laboral colectivo; atender los lineamientos del protocolo emitido por la STPS para la verificación de la consulta de mayoría; elaborar una estrategia proactiva de comunicación con los trabajadores para sensibilizarlos ante el nuevo entorno sindical. Además, sugirió revisar los salarios competitivos y los beneficios que reconozcan el esfuerzo del empleado; liderar positivamente, retroalimentar a los empleados; identificar problemáticas en piso; y acercarse a Recursos Humanos para mejorar las relaciones laborales.

Protocolo para la Legitimación de contratos colectivos de trabajo.

Se tienen 4 años como plazo para legitimar todos los contratos colectivos existentes, si al término del plazo no se cuenta con el apoyo mayoritario de los trabajadores, este se tendrá por terminado. Además, será necesario sensibilizar e informar sobre los sobre los fines y alcances de esta consulta, así como entrega de un ejemplar físico del contrato colectivo de trabajo a legitimar; planear al interior de la organización sindical el número de contratos colectivos de trabajo que se van a legitimar.

Dar claridad respecto a los listados de padrones de trabajadores, actualizado al momento de la consulta. Por otra parte, las adecuaciones a los estatus deberán considerar: elección directiva por voto, equidad de género, rendición de cuentas sobre patrimonio, aprobación mayorista de contratos negociados.

Hasta el momento la fecha límite es el 1 de mayo de 2023 y los contratos que no hayan sido legitimados serán anulados por ley. Esta es una obligación sindical y varios trabajadores creen que la empresa debe de resolverlo y no es así, el interés es del sindicato. Además, el T-MEC ya pide estos acuerdos para establecer y respetar a los sindicatos, por lo que la falta del cumplimiento puede tener el impacto para generar vínculos con Estados Unidos y Canadá. El mayor consejo que se dio fue, acercarse al sindicato para hablar sobre el procedimiento y llevar a cabo la legitimación. 

Si desea conocer más del tema, escríbale al Lic. Álvaro González-Schiaffino a agonzalez@basham.com.mx
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