Cluster Industrial – Modifican los impuestos de importación y de exportación de vehículos eléctricos

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Cluster Industrial - Modifican los impuestos de importación y de exportación de vehículos eléctricos

Modifican los impuestos de importación y de exportación de vehículos eléctricos

Escrito por Cluster Industrial

Nacional 04/09/2020 08:00

En el Diario Oficial de la Federación, se publicó un decreto que modifica los impuestos de importación y de exportación de vehículos eléctricos para facilitar la adquisición de estos y favorecer un medioambiente más sustentable en el país.

A través del Diario Oficial de la Federación, se comunicó que, sabiendo que uno de los retos de México y de las grandes ciudades del mundo es reducir la emisión de gases de efecto invernadero, los cuales son producidos por combustibles fósiles utilizados por el sector automotriz. México ha adoptado el compromiso de reducir las emisiones de gases de efecto invernadero para el 2030, lo que se logrará por medio de la participación de los diferentes sectores, incluyendo el sector transporte.

 

En la publicación del Diario Oficial de la Federación se lee que la producción nacional de vehículos eléctricos es incipiente, y si bien algunas empresas fabricantes de vehículos ligeros instaladas en México ya han anunciado inversiones en líneas de producción de vehículos eléctricos, esta podría incentivarse con el aumento en la demanda de los mismos. Con el fin de permitir la libre concurrencia y acceso a tecnologías limpias en materia de transporte, es importante facilitar el acceso de los consumidores a estos para encaminar a la industria nacional a este tipo de vehículos. Una mayor demanda de vehículos eléctricos favorecería el cumplimiento de los compromisos de México a nivel internacional en materia de reducción de emisiones de gases de efecto invernadero.

 

Por ello, se considera necesario crear dos fracciones arancelarias para identificar a los vehículos eléctricos nuevos para el transporte de 10 o más personas y los vehículos eléctricos ligeros usados, respectivamente, así como modificar la descripción de tres fracciones arancelarias y exentar temporalmente el arancel de importación de tres fracciones arancelarias relativas a los vehículos eléctricos nuevos para el transporte de 10 o más personas, los vehículos eléctricos ligeros nuevos y los vehículos eléctricos nuevos para el transporte de mercancías.

 

Se crean las fracciones arancelarias de la Tarifa de la Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 18 de junio de 2007 y sus modificaciones posteriores, que a continuación se indican:



Se modifica la descripción de las fracciones arancelarias de la Tarifa de la Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 18 de junio de 2007 y sus modificaciones posteriores, que a continuación se indican:



Se modifican los aranceles de las fracciones arancelarias de la Tarifa de la Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 18 de junio de 2007 y sus modificaciones posteriores, que a continuación se indican:



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